Sin cédula de habitabilidad

La Cédula de Habitabilidad es un documento, bajo la normativa Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, que principalmente determina si se cumple los requisitos básicos para que una familia pueda disfrutar de manera segura de los diferentes espacios de la vivienda, con respecto a salud, higiene y solidez. Está legalizada por las Comunidades Autónomas y caduca cada quince años.

La ausencia de este documento, suscita dudas y recelos a la hora de comprar una propiedad así que compartiré algunos enlaces que ayudarán a esclarecer las verdades y mitos sobre la Cédula de Habitabilidad.

Verdades,

  • Es obligatoria la presentación de la Cédula de habitabilidad actualizada a la hora de comercializar una propiedad, si esta cumple los requisitos pertinentes.

«La Cédula de Habitabilidad es necesaria para transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores (salvo los supuestos de exoneración que prevé la normativa vigente). También es necesaria para darse de alta de los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.»

  • En su defecto, caso la propiedad esté exenta de Cédula de Habitabilidad, se debe presentar el Certificado de exoneración de cédula de habitabilidad.

Rompiendo mitos,

  • ¡Se puede escriturar y vivir sin Cédula de Habitabilidad!
  • ¡Y los residentes en una propiedad con esta particularidad pueden solicitar empadronamiento!

Solicitar Cédula de Habitabilidad,

La renovación, la solicitud de la Cédula de Habitabilidad de segunda ocupación o el Certificado de Exoneración de Cédula de Habitabilidad, puede ser tramitado por la persona propietaria o una persona profesional.

Ver más detalles y procedimientos en el apartado Cédula de habitabilidad de segunda ocupación, de la Gencat.